Bornos 21 de octubre de 2014
Chari Cabrera Méndez
Colaboradora Diocesana de MCSObispado de Asidonia Jerez
Diego Valle Serrano |
Del mismo modo, son nombrados también provicarios para las obligadas ausencias del Vicario General, con facultades en todo el territorio diocesano. Y por lo que se refiere a las vicarías episcopales de Pastoral, dentro del ámbito referido en cada caso, asumen las siguientes funciones:
1. Potenciar, coordinar y dirigir la acción pastoral, siguiendo los criterios de actuación señalados por el obispo.
Luis Piñero Carrasco |
3. Coordinar las actividades de los delegados diocesanos, secretariados y arciprestes en el desempeño de las funciones que les corresponden, a tenor de sus propios estatutos.
4. Recoger y ordenar la información adecuada sobre las necesidades pastorales de sus sectores y llevarla al Consejo Episcopal para la oportuna consideración y resolución de las mismas por el obispo.
5. Contribuir a la elaboración del plan pastoral de la Diócesis, así como desarrollarlo y aplicarlo en sus respectivas delegaciones y secretariados.
6. Posibilitar y fomentar el diálogo y cooperación con los agentes pastorales.
7. Atender, visitar y mantener una estrecha relación con los arciprestazgos, parroquias y sacerdotes, animándolos en su vida y acción apostólica.
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